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Nueva Ley de teletrabajo o trabajo a distancia

By 9 de December de 2021July 11th, 2023Articles

La nueva Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia entró en vigor el pasado día 1 de octubre de 2021.

 

El nuevo texto introduce cambios significativos respecto al anterior Real Decreto Ley (RDL 28/2000, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia), endureciendo las sanciones para las empresas que incumplan la obligación de firmar un acuerdo de teletrabajo adaptado a la presente Ley.

 

Antes de la pandemia, el número de trabajadores que teletrabajaban a nivel nacional no superaban el 5%. Esta cifra se elevó exponencialmente por la pandemia superando el 30%.

 

Podemos considerar el teletrabajo como un recurso excepcional para proteger la salud y seguridad de quienes trabajan presencialmente asegurando que las operaciones de la empresa se mantengan durante la pandemia COVID-19, y la rápida adaptación al teletrabajo hace que las empresas apuesten por seguir trabajando de forma remota. Claramente la presencialidad está en decadencia.

 

Partiendo de la Ley 10/2021, se define trabajo a distancia como la forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral conforme a la cual esta se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar elegido por esta, durante toda su jornada o parte de ella, con carácter regular.

 

Así mismo se define teletrabajo como aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

Uno de los aspectos más relevantes del trabajo a distancia es el carácter voluntario tanto para la empresa, como para el trabajador. En cualquier momento, la decisión de trabajar a distancia desde una modalidad de trabajo presencial será reversible para la empresa y la persona trabajadora.

 

Debido a este carácter voluntario del trabajo a distancia es imprescindible que exista un acuerdo previo firmado entre ambas partes. Dicho acuerdo será por escrito y recogerá los cambios en las condiciones de prestación de servicios a distancia.

 

La Ley enumera una serie de derechos que deberán garantizarse en los trabajadores a distancia o modalidad de teletrabajo, concretamente el derecho a la formación, derecho a la promoción profesional, derecho a recibir los medios suficientes, derecho a la compensación de gastos, derecho a un horario flexible, derecho al registro horario, derecho a la prevención de riesgos laborales, derecho a la intimidad y protección de datos, derecho a la desconexión digital y derechos colectivos.

 

No dude en consultarnos, desde SURCO LEGAL asesoramos tanto a empresas como a trabajadores respecto a las novedades legislativas en materia laboral. Nuestro equipo cuenta con una amplia experiencia garantizando el mejor de los asesoramientos.

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