El despacho SURCO LEGAL consigue liberar a un matrimonio del pago de todas sus deudas.
Gracias al mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad, y en menos de cinco meses, el despacho almeriense Surco Legal ha conseguido que el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Almería haya perdonado a una pareja una deuda de 679.000 euros que había acumulado a consecuencia de la actividad empresarial que estuvo realizando desde el año 2007, la cual se vio desbordada por préstamos y deudas acumuladas que avalaron en su momento, con entidades financieras y proveedores.
El matrimonio, casados en régimen de gananciales, y con un hijo, vio colapsar su economía en la época de la recesión económica derivada de la crisis inmobiliaria y años posteriores.. A causa de préstamos y distintas pólizas bancarias, algunas de las cuales fueron traspasadas a fondos, se constituyeron como fiadores de los mismos, lo cual derivó en una espiral de endeudamiento de la que les fue imposible salir y que los llevó a una situación financiera insostenible.
Ambos decidieron pedir ayuda y contrataron al despacho Surco Legal, firma especializada en derecho concursal, segunda oportunidad y sociedades, cuyos abogados, tras el correspondiente análisis, presentaron la solicitud de concurso de acreedores y posterior acogimiento al conocido como mecanismo de segunda oportunidad para personas físicas. En algo más de cuatro meses se han dictado sendos Autos judiciales, de fecha 24 de septiembre de 2024, donde se reconoce su derecho a una segunda oportunidad y la exoneración del pasivo insatisfecho -la condonación de sus deudas- de forma definitiva y total.
Tras estas resoluciones judiciales, y liberados de todas sus deudas, apunta el socio director del despacho Raúl Montoro que “nuestros clientes han logrado empezar una nueva vida, pudiendo destinar sus ingresos a lo que realmente importa en estos momentos, que es el mantenimiento de su familia y pensar en proyectos de futuro.”
El acogimiento al mecanismo de la Segunda Oportunidad es un proceso legal que permite a personas físicas, sean o no empresarias, cancelar total o parcialmente deudas ante la imposibilidad de pagar las mismas, cumpliendo los requisitos que establece la normativa a tal fin, posibilidad ésta sobre la que deberían informarse los ciudadanos con los profesionales expertos en la materia.